TE JUZGARON SIN MOSTRARTE LA PRUEBA?... EL TRIBUNAL CORRIGIÓ (Jurisprudencia) | Especialistas en Derecho Agrario, tierras e INRA en Bolivia

 

TE JUZGARON SIN MOSTRARTE LA PRUEBA: EL TRIBUNAL CORRIGIÓ



Sucre, 13 de noviembre 2020

Auto Agroambiental Plurinacional S2a N° 0040/2020– (Tribunal Agroambiental)

Dentro de un proceso agroambiental de desalojo por avasallamiento, una persona solicitó que se retire a quienes ocupaban su terreno de manera ilegal.

Durante el proceso, el juez agroambiental:

·         ordenó la elaboración de un informe pericial técnico,

·         el perito realizó el informe,

·         y posteriormente el juez dictó sentencia declarando probada la demanda.

Sin embargo, ocurrió un hecho grave:

👉 el informe pericial no fue notificado oportunamente a las partes.

Aunque el juez ordenó que se ponga en conocimiento de las partes, la notificación recién se realizó seis meses después, junto con la misma sentencia.

Además, se notificó en el domicilio real, pese a que ya se había señalado domicilio procesal.

Esto impidió que la parte demandada:

·         conozca el contenido del peritaje,

·         pueda objetarlo, aclararlo o defenderse,

·         y ejerza plenamente su derecho a la defensa.

Por esta razón, el caso llegó en casación al Tribunal Agroambiental.

 

I.                    FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LA DECISIÓN

El Tribunal Agroambiental basó su decisión principalmente en:

📜 1. Derecho al debido proceso – Constitución Política del Estado

El debido proceso garantiza que toda persona:

·         sea notificada con las actuaciones del proceso,

·         tenga oportunidad real de defensa,

·         pueda conocer y controvertir las pruebas.

Esto se sustenta en:

👉 Artículo 115 de la CPE, que protege el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva.

Al no notificarse oportunamente el informe pericial, este derecho fue vulnerado.

 

📜 2. Obligación de notificar las pruebas técnicas

El Tribunal recordó que el informe pericial:

·         es una prueba fundamental en procesos de desalojo por avasallamiento,

·         y debe ponerse en conocimiento de las partes antes de dictar sentencia.

Esto se apoya en:

👉 Artículo 201 del Código Procesal Civil (Ley 439), que regula la prueba pericial y su puesta en conocimiento de las partes.

Sin esta notificación, la prueba no puede válidamente sustentar una sentencia.

 

📜 3. Deber del juez como director del proceso

El juez agroambiental no es un espectador; tiene la obligación de:

·         conducir correctamente el proceso,

·         evitar errores procesales,

·         y garantizar que no se vulneren derechos.

Esto se fundamenta en:

👉 Artículo 2 de la Ley 439, que impone al juez el deber de dirección del proceso
👉 y en los principios de seguridad jurídica, congruencia y certeza procesal.

Al permitir que se dicte sentencia sin notificación previa del informe pericial, el juez incumplió esta obligación.

 

II.                  DECISIÓN DEL TRIBUNAL AGROAMBIENTAL

El Tribunal determinó que:

🔴 hubo vulneración al debido proceso
🔴 se impidió el ejercicio del derecho a la defensa
🔴 se utilizó una prueba que no fue oportunamente conocida por las partes

Por ello resolvió:

👉 dejar sin efecto la sentencia dictada
👉 anular obrados hasta el momento del error procesal
👉 ordenar que primero se notifique correctamente el informe pericial
👉 y recién después se continúe el proceso conforme a ley

 

III.                CONCLUSIÓN

En procesos agroambientales de desalojo:

toda prueba técnica debe notificarse
nadie puede ser sorprendido con una sentencia
sin defensa real no hay justicia válida

Si el informe pericial no se notifica a tiempo, la sentencia debe corregirse.

 

DESCARGAR LA JURISPRUDENCIA

AGROAMBIENTAL COMPLETA

AQUI

Para mayor información comunicarse con:

Céspedes & Asociados – Especialistas en Derecho Agrario, tierras e INRA en Bolivia

agroambiental@cespedesasociados.com

https://www.cespedesasociados.com

Whatsapp: +591 76116622

 

 

abogado agrario Bolivia, derecho agrario Bolivia, abogado INRA Bolivia, saneamiento de tierras Bolivia, conflictos de tierras Bolivia, abogado en temas de tierras, abogado tierras rurales, problemas de tierras Bolivia, defensa de propiedad agraria, nulidad proceso INRA, apelaciones agrarias Bolivia, derecho propietario rural, superposición de tierras Bolivia, tierras fiscales Bolivia, proceso agrario Bolivia, tribunal agroambiental Bolivia, abogado conflictos agrarios, reclamos ante INRA Bolivia, defensa de tierras rurales, abogado especialista en tierras

Análisis y Edición: Julián Nicanor Dávila Núñez | Céspedes & Asociados – Especialistas en Derecho Agrario, tierras e INRA en Bolivia

Email: julian@cespedesasociados.com

Comentarios

Entradas populares de este blog

MODELO DE DEMANDA EN BOLIVIA (PARA DESCARGAR) /// ABOGADOS EN DERECHO AGROAMBIENTAL

Falta de legitimacion en la nulidad de Testimonio de Poder - Jurisprudencia Agroambiental / Especialistas en Derecho Agroambiental (Agrario e INRA)

IMPORTANCIA DE LA JURISPRUDENCIA EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES - Especialistas en Derecho Agroambiental (Agrario e INRA)