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DE LAS PROPIEDADES COLECTIVAS EN BOLIVIA - Especialistas en Derecho Agrario, tierras e INRA en Bolivia

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  DE LAS PROPIEDADES COLECTIVAS EN BOLIVIA En Bolivia, el concepto de propiedad colectiva se encuentra claramente delineado en la legislación agraria, especialmente bajo el marco de la Ley N° 1715 (Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria) y la Constitución Política del Estado (CPE) . Identificando dos propiedades colectivas: Comunaria y Tierras Indígenas Originarias Campesinas . A continuación, analizamos ambos tipos.   1.   Propiedades Comunarias Las propiedades comunaria hace referencia a la tierra que pertenece a una comunidad campesina o indígena, cuyo uso y aprovechamiento están destinados al bienestar colectivo de sus miembros. Este tipo de propiedad se rige bajo los principios de autonomía y autogestión , asegurando que el manejo de los recursos naturales y la tierra esté enfocado en la satisfacción de las necesidades de la comunidad. Fundamentación legal : ·          La Ley N° 1715 - Ley del INRA (mod...

EL VALOR DEL TITULO EJECUTORIAL EMITIDO POR EL INRA - Especialistas en Derecho Agrario, tierras e INRA en Bolivia

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  EL VALOR DEL TITULO EJECUTORIAL EMITIDO POR EL INRA Sucre, 27 de agosto 2020 Auto agroambiental plurinacional S1ª Nº 26/2020 Esta jurisprudencia del Tribunal Agroambiental de Bolivia aclara que, en los procesos de desalojo por avasallamiento, el juez debe valorar correctamente el Título Ejecutorial emitido por el INRA , ya que este documento acredita que previamente se verificó la posesión legal y el cumplimiento de la Función Social. El fallo demuestra que no puede desconocerse un derecho saneado por simples ocupaciones posteriores o malas interpretaciones de la ley. Un grupo de personas inició un proceso de desalojo por avasallamiento , señalando que otras personas habían ingresado a una parcela de terreno que pertenecía a su familia. Para demostrar su derecho, presentaron: •          un Título Ejecutorial individual otorgado por el INRA •          documentos de sucesión hereditaria...

NO SE DISCUTE LA PROPIEDAD SI EXISTE TÍTULO EJECUTORIAL VIGENTE - Especialistas en Derecho Agrario, tierras e INRA en Bolivia

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  NO SE DISCUTE LA PROPIEDAD SI EXISTE TÍTULO EJECUTORIAL VIGENTE Sucre, 29 de julio 2020 Auto agroambiental plurinacional S1ª Nº 21/2020 Una persona inició un proceso de desalojo por avasallamiento afirmando que había sido despojada de su parcela rural. Para respaldar su derecho presentó: •          su Título Ejecutorial emitido tras el saneamiento agrario •          inscripción en Derechos Reales •          certificaciones comunales •          y denuncias por ingreso de ganado y ocupación del terreno Las personas demandadas se defendieron diciendo que: -           ocupaban el predio desde 2005 -           tenían documentos privados de compra-venta -           tra...

EL TRIBUNAL ACLARÓ CUÁNDO NO HAY AVASALLAMIENTO - Especialistas en Derecho Agrario, tierras e INRA en Bolivia

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EL TRIBUNAL ACLARÓ  CUÁNDO NO HAY AVASALLAMIENTO Sucre, 2 de octubre 2020 AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 31/2020 – (Tribunal Agroambiental) Se inició un proceso de desalojo por avasallamiento , alegando que determinadas personas habrían ingresado y ocupado ilegalmente un predio rural. Durante el proceso se produjeron distintas pruebas, entre ellas: ·          inspecciones oculares, ·          informes técnicos, ·          y antecedentes sobre la permanencia de las personas en el lugar. El juez agroambiental de primera instancia rechazó la demanda , señalando que no se había demostrado el avasallamiento, pues las personas demandadas: ·          ocupaban el predio desde hace varios años, ·          desarrollaban actividades productivas, ·   ...

TE JUZGARON SIN MOSTRARTE LA PRUEBA?... EL TRIBUNAL CORRIGIÓ (Jurisprudencia) | Especialistas en Derecho Agrario, tierras e INRA en Bolivia

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  TE JUZGARON SIN MOSTRARTE LA PRUEBA: EL TRIBUNAL CORRIGIÓ Sucre, 13 de noviembre 2020 Auto Agroambiental Plurinacional S2a N° 0040/2020– (Tribunal Agroambiental) Dentro de un proceso agroambiental de desalojo por avasallamiento , una persona solicitó que se retire a quienes ocupaban su terreno de manera ilegal. Durante el proceso, el juez agroambiental: ·          ordenó la elaboración de un informe pericial técnico , ·          el perito realizó el informe, ·          y posteriormente el juez dictó sentencia declarando probada la demanda. Sin embargo, ocurrió un hecho grave: 👉 el informe pericial no fue notificado oportunamente a las partes. Aunque el juez ordenó que se ponga en conocimiento de las partes, la notificación recién se realizó seis meses después , junto con la misma sentencia. Además, se notificó en el domicilio real, pese...