NADIE DEL QUE DEPENDA UN NIÑO, PUEDE SER SOMETIDO A DETENCION PREVENTIVA; NI TAMPOCO OBLIGADO A PROBARLO (Jurisprudencia) - Especialistas en Derecho Agroambiental (Agrario e INRA)
NADIE DEL QUE DEPENDA UN NIÑO, PUEDE SER SOMETIDO A DETENCION PREVENTIVA; NI TAMPOCO OBLIGADO A PROBARLO Jurisprudencia: SCP 0130/2025-S1 (20 de marzo de 2025, Sala Primera – TCP) El Tribunal Constitucional Plurinacional concedió la tutela en una acción de libertad y dejó sin efecto un Auto de Vista que había ordenado detención preventiva contra una madre responsable principal del cuidado de un niño menor de seis años . El Tribunal estableció que la autoridad judicial actuó de forma arbitraria , al exigirle indebidamente que demuestre la inexistencia de familia ampliada que pueda cuidar al menor, cuando la carga de la prueba sobre la procedencia de la detención preventiva corresponde al Ministerio Público o a la parte acusadora , no a la imputada. Asimismo, se evidenció omisión en la valoración del informe socioeconómico de la Defensoría de la Niñez , vulnerando el debido proceso y el principio del interés superior del niño . Regla constitucional relevante (complemento solicita...