Entradas

Mostrando entradas de diciembre, 2023

PERFECCIONAMIENTO DE LOS CONTRATOS QUE NO REQUIEREN DE FORMALIDAD ( Jurisprudencia TSJ ) (ABOGADOS BOLIVIA)

Imagen
  PERFECCIONAMIENTO DE LOS CONTRATOS QUE NO REQUIEREN DE FORMALIDAD La reunión de las declaraciones unilaterales de voluntad de las partes, llamadas oferta y aceptación, perfeccionan el contrato, la manifestación de la voluntad de la parte debe trascender el fuero íntimo para ser aprendida por la contraparte, ello puede ocurrir oralmente, por escrito, por signos inequívocos o por la ejecución de un hecho material. Cualesquiera de estas conductas resultan suficientes por sí mismas para perfeccionar el contrato.     AUTO SUPREMO N° 176/2022 de 18 de marzo MAGISTRADO RELATOR: Dr. Juan Carlos Berrios Albizu     SÍNTESIS DEL CASO   La parte recurrente señala que, respecto al consentimiento, para que el contrato sea conformado, no basta una simple declaración de voluntad, es necesario que las partes coincidan en querer lo mismo, estar de acuerdo con todos los extremos contenidos en el contrato y esto se constituye con la oferta y la aceptación; en el caso presen

EXCEPCIÓN A LA REGLA (Jurisprudencia tsj Penal) (ABOGADOS BOLIVIA)

Imagen
    EXCEPCIÓN A LA REGLA Los incidentes y excepciones no son recurribles en casación por corresponder a un procedimiento estrictamente incidental; sin embargo, se ha establecido como excepción a la regla, la consideración en el fondo de aquellas denuncias en las que se alegue incongruencia omisiva, a los fines de verificar solamente, si es evidente la falta de pronunciamiento por parte del Tribunal de alzada, sobre la apelación vinculada al tema incidental.   AUTO SUPREMO: N° AS/102/2020-RRC de 29 de enero de 2020 MAGISTRADO RELATOR: Dr. Edwin Aguayo Arando   SÍNTESIS DEL CASO   La parte recurrente señala que de conformidad a lo previsto por los arts. 171 y 335 núm. 1) del CPP, propuso prueba extraordinaria que demostraría y desvirtuaría la existencia del ilícito acusado; sin embargo, el Tribunal de origen no dio curso a dicho petitorio lo que mereció de su parte la respectiva apelación resuelta de manera infundada –según arguye- por el Tribunal de alzada, vul

INTERVERSIÓN DE TÍTULO ( JURISPRUDENCIA TSJ BOLIVIA ) (ABOGADOS BOLIVIA)

Imagen
    INTERVERSIÓN DE TÍTULO Para que se produzca la interversión de título, únicamente pueden ser válidas las mejoras con carácter de utilidad al ser oponibles, cognoscibles y excluyentes, teniendo como fin principal el incremento en el valor impositivo de la cosa. AUTO SUPREMO: N° 348/2020 de 07 de marzo de 2020. MAGISTRADO RELATOR: Dr. Juan Carlos Berríos Albizú. La intervención de título se refiere a un concepto legal en el ámbito de las mejoras realizadas en una propiedad. Según la frase proporcionada, para que se produzca la intervención de título, las mejoras deben cumplir con ciertos requisitos específicos. Carácter de utilidad: Las mejoras deben tener un propósito práctico y beneficioso. No se considerarán para la intervención de título aquellas mejoras que no aporten alguna utilidad real a la propiedad. Oponibles: Esto significa que las mejoras deben ser conocidas y reconocidas por las partes involucradas, es decir, tanto el propietario que realizó las mejoras c