La importancia de respetar rigurosamente el debido proceso en los procedimientos de saneamiento agrario - Jurisprudencia Agroambiental
1. Relación de Hechos
El caso surge en el marco del
proceso de saneamiento del predio "El
Paraíso", ubicado en el departamento de Santa Cruz, dentro del
procedimiento llevado a cabo por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).
Los demandantes,
representados por Carlos
Méndez, presentaron una impugnación
contra la Resolución
Suprema N° 230390 de 2008, que otorgaba títulos ejecutoriales
sobre el mencionado predio, argumentando una serie de irregularidades en el
proceso de saneamiento.
Entre los principales cuestionamientos que
motivaron la demanda se encuentran:
1.
Deficiencias en la notificación y publicidad
del saneamiento
o Se alegó que la campaña pública de notificación
no cumplió con los requisitos establecidos por la normativa, lo que afectó el
derecho de los propietarios a defender su posesión del predio.
o La falta de difusión
adecuada impidió que todas las partes interesadas estuvieran informadas y
pudieran participar en el proceso.
2.
Irregularidades en las pericias de campo y en
los informes técnicos
o Se denunció que las
inspecciones realizadas no cumplieron con los procedimientos exigidos por la
normativa agraria vigente.
o Se identificaron
errores en la toma de
datos técnicos, afectando la veracidad de la información
utilizada para emitir la resolución impugnada.
3.
Omisión en la convocatoria de los interesados
o Se argumentó que los
propietarios legítimos del predio no fueron debidamente citados o convocados
para participar en el proceso de saneamiento.
o Esta omisión vulneró su
derecho a la defensa,
impidiendo que presentaran pruebas o cuestionaran los informes técnicos del
INRA.
Como consecuencia de estas
irregularidades, los demandantes solicitaron la revocatoria de la Resolución Suprema N°
230390 y la anulación de los títulos ejecutoriales emitidos sobre el predio.
Tras la revisión del caso, el Tribunal Agroambiental
determinó que efectivamente
hubo vicios procesales en la publicidad, notificación y ejecución de las
pericias de campo, lo que llevó a la revocación de la resolución impugnada
y a la orden de corregir los errores detectados.
2. Fundamentación Jurídica
La sentencia se basa en la
aplicación de normas fundamentales para los procesos de saneamiento agrario en
Bolivia. Los artículos más relevantes utilizados en la jurisprudencia son:
·
Decreto Supremo N° 25763:
o Artículos 170 y 171: Establecen que las
pericias y la toma de datos en el terreno deben cumplir con requisitos de
precisión y formalidad (sellos, firmas, notificaciones correctas y dentro de
los plazos establecidos).
o Artículos 172 y 173: Regulan la campaña
pública de saneamiento y las citaciones a los interesados, asegurando que haya
suficiente difusión y transparencia en el proceso.
·
Ley N° 1715 (Ley del Servicio Nacional de
Reforma Agraria):
o Se destaca el artículo 76, que exige
el respeto al principio de publicidad y notificación en los procesos agrarios,
garantizando la transparencia y el derecho a la defensa de los administrados.
·
Constitución Política del Estado (CPE):
o Artículos 115 y 119: Protegen el debido
proceso y el derecho a la defensa, estableciendo que ninguna persona puede ser
afectada por decisiones administrativas sin haber tenido la oportunidad de
presentar sus argumentos y pruebas.
Además, la jurisprudencia
analizó sentencias previas (como la S1a N° 121/2019 y S2a N° 58/2017), que
refuerzan la importancia de motivar y fundamentar adecuadamente las decisiones
administrativas en materia agraria.
3. Aporte para el Ámbito
Jurídico en Bolivia
Lo más relevante de esta
sentencia es que reafirma
la necesidad de cumplir estrictamente con las formalidades en los procesos de
saneamiento agrario, estableciendo un precedente importante
para futuras decisiones en esta materia.
🔹 Fortalecimiento
del debido proceso y la seguridad jurídica
·
La
sentencia recalca que cualquier error en la notificación o en la difusión
pública de los procesos de saneamiento puede invalidar decisiones
administrativas, protegiendo así el derecho de los propietarios.
🔹 Mayor
rigor en los procedimientos técnicos y administrativos
·
Se
exige que los informes técnicos y las pericias de campo sean realizados con
total apego a la normativa, evitando errores que puedan afectar la titularidad
de la tierra.
🔹 Impacto
en la transparencia de los procesos de saneamiento
·
Se
establece que el INRA debe garantizar una publicidad efectiva en estos
procedimientos, permitiendo la participación activa de todas las partes
interesadas.
4.
Conclusión del Caso
En conclusión, la sentencia
reafirma la importancia de respetar rigurosamente el debido proceso en los
procedimientos de saneamiento agrario. El fallo resalta que la existencia de
notificaciones y campañas públicas deficientes, sumada a irregularidades en la
ejecución de las pericias de campo, vulnera derechos fundamentales como el de
la defensa y el de propiedad. Así, se sienta un precedente relevante para
exigir mayor transparencia, formalidad y rigurosidad en los procesos
administrativos en el ámbito agrario, garantizando que los propietarios estén
debidamente informados y puedan ejercer plenamente sus derechos.
La Magistrada Relatora, Soraya Alicia Céspedes Moreira,
fue quien guió este análisis, subrayando la imperiosa necesidad de que las
autoridades cumplan estrictamente con los procedimientos establecidos, a fin de
proteger la seguridad jurídica y los derechos de los administrados en Bolivia.
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Céspedes & Asociados
Especialistas Agroambientalistas
LA PAZ, COCHABAMBA, POTOSI, ORURO, TARIJA, SANTA CRUZ DE LA SIERRA
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